Mi tesis es simple: una licencia no garantiza que sus activos estén seguros, pero sí le da reglas claras, un supervisor y un lugar donde acudir. Por eso, antes de elegir un proveedor de servicios de activos virtuales (PSAV), lo primero que un área de riesgo y cumplimiento debería verificar es dónde está regulado y qué le exige ese regulador.
Las regulaciones buscan, entre otras cosas, que quienes prestan un servicio o venden un producto cumplan con unos mínimos: estándares y buenas prácticas de control adecuadas a su sector.
La regulación ya avanza en Europa, Estados Unidos y América Latina
En el mundo de los activos digitales hay países y regiones que han avanzado de forma significativa. La Unión Europea es una de las principales, con el Reglamento MiCA (Mercados de Criptoactivos) de 2023, aplicable desde 2024. Estados Unidos, por su parte, aprobó en julio de 2025 la Ley GENIUS, sobre stablecoins de pago, que entra en vigor en enero de 2027.
En América Latina, El Salvador ha estado a la vanguardia. Primero con su Ley Bitcoin de 2021, reformada en enero de 2025, cuando el bitcoin dejó de ser de aceptación obligatoria. Y después con la Ley de Emisión de Activos Digitales de 2023, que creó la Comisión Nacional de Activos Digitales (CNAD). A eso se suma Brasil, cuya Ley 14.478 fue promulgada en diciembre de 2022 y cuyo supervisor es el Banco Central de Brasil.
Otros países de la región también avanzaron. Argentina y Perú establecieron normas de supervisión de los proveedores de servicios de activos virtuales desde 2024 y 2023 respectivamente, en el caso peruano mediante el Decreto Supremo N.º 006-2023-JUS. Uruguay implementó una normativa general a finales de 2024 y Chile cuenta con su Ley Fintech desde 2023. Y hay países como Guatemala que, aunque no tienen una ley específica para el sector, emitieron en 2026 normas para la prevención de lavado de dinero en el ámbito de los activos digitales.
El riesgo real está fuera de la cadena de bloques
En general, las normativas buscan proteger a los usuarios de las plataformas de activos digitales. La cadena de bloques es difícil de alterar y facilita la trazabilidad de las transacciones, pero los principales riesgos para el usuario suelen estar fuera de la cadena: en los servicios de custodia, la gestión de billeteras digitales, las tarjetas prepago, las inversiones y otros productos vinculados.
Ahí aparecen los temas que las normas atienden: la obligación de divulgación sobre la volatilidad de activos como el bitcoin, el respaldo que deben tener las compañías que prestan servicios de activos virtuales, y la prevención del blanqueo de capitales, la extorsión, la corrupción y otros delitos locales y transnacionales.
Un tema recurrente en las regulaciones es la protección al consumidor. Se trata de facilitar el acceso a los reguladores en caso de reclamos: por incumplimiento de normas de privacidad o protección de datos, por incumplimiento de contratos en general, o por deficiencias en los servicios prestados por el proveedor.
En la medida en que las regulaciones son más robustas, los requerimientos de control son más estrictos y los reguladores son más expertos, la confianza de los usuarios en un sector que aún tiene mucho por crecer va a ser cada vez mayor.
Las regulaciones ayudan, pero la solidez del sector también depende de los operadores. Antes de operar con un proveedor, conviene revisar su solidez, su experiencia, si está regulado en alguna jurisdicción y si mantiene buenas prácticas o estándares aplicables a sus actividades.
El crecimiento de los volúmenes llama la atención de los reguladores
Las cifras globales del mercado de las stablecoins muestran un gran crecimiento en los años recientes, y los países de América Latina no se quedan atrás. Ese crecimiento ayuda a explicar por qué los gobiernos de la región han emprendido iniciativas de regulación para proteger a los usuarios y al mercado en general.
Brasil es el caso más visible: recibió más de 250.000 millones de dólares en valor en activos digitales durante 2026. Con esos volúmenes, no sorprende que los reguladores estén atentos.
Qué revisar antes de operar con un proveedor
Si hoy es cliente de un proveedor de servicios de activos virtuales, revise si está regulado y en cuál o cuáles jurisdicciones.
efy está regulado en El Salvador por la Comisión Nacional de Activos Digitales (CNAD) y la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), y en Bolivia como proveedor de servicios de activos digitales por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI). En las demás jurisdicciones donde opera aplica los mismos estándares y controles en relación con los activos digitales de sus clientes.
Efinti Tecnología S.A., una empresa de Efinti Holdings, está aprobada para operar en el territorio de Bolivia.
Carlos R. Poveda lidera el cumplimiento regulatorio de efy en El Salvador, Bolivia y otros países de la región.
Fuentes
- Reglamento (UE) 2023/1114 relativo a los mercados de criptoactivos (MiCA)
- Ley GENIUS sobre stablecoins de pago, Estados Unidos, julio de 2025
- Ley Bitcoin de El Salvador, 2021, reformada en enero de 2025
- Ley de Emisión de Activos Digitales de El Salvador, 2023
- Ley 14.478 de Brasil, diciembre de 2022
- Decreto Supremo N.º 006-2023-JUS, Perú
- Chainalysis, datos presentados en Nodes Panamá, 29 de septiembre de 2026
Aviso legal
Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal, fiscal ni de inversión. La normativa sobre activos virtuales cambia con frecuencia y por jurisdicción, y cada operación debe evaluarse con asesores propios, considerando las circunstancias específicas de cada caso.
